En 2018 se presentó en la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto que propone instituir el cupo laboral del 1% en la administración pública nacional para travestis, transexuales, transgéneros y masculinidades trans pero no avanzó. ¿Por qué, a pesar de la sanción de la ley, en la Provincia el Ejecutivo no la reglamenta? ¿Cuál es el estado de situación federal?
En septiembre de 2015, la provincia de Buenos Aires aprobó la Ley Nº 14783 que establece que, como mínimo, el 1% de la administración pública debe ser ocupado por personas trans-travestis “que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”, a lo que se añadió que se debe “establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas”.
La norma obliga al Estado provincial, sus organismos descentralizados, las empresas del Estado, las municipalidades, las personas jurídicas de derecho público no estatal creadas por en su fuero, las empresas subsidiadas por el Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos.
Sin embargo, a tres años de su sanción, esta ley aún no ha sido reglamentada por el Poder Ejecutivo provincial a cargo de María Eugenia Vidal.
Consultada por Dato Duro, la secretaria de Políticas de Género y Niñez, de la Defensoría del Pueblo provincial, Karina Nazabal, exige la urgente reglamentación de la ley ya que: “La desocupación y precariedad laboral es una de las características que afecta a la población trans y travestis en nuestro país, por eso resulta imperiosa la reglamentación y cumplimiento de la Ley de Cupo laboral para personas trans y travestis en la provincia de Buenos Aires”.
Asimismo, la Defensoría bonaerense publicó en 2018 un informe en el cual mostró que, a pesar de la no reglamentación de parte del Poder Ejecutivo provincial, algunos municipios comenzaron a implementarla.
El estudio destacó los casos de los municipios de Morón, Lanús y Azul, Chivilcoy, Quilmes, Avellaneda, Almirante Brown, Merlo, Tres de Febrero y San Miguel que a pesar de la no reglamentación han adherido a la Ley de Cupo Laboral.
Frente al incumplimiento de esta ley, el Comité de Derechos Económicos y Sociales de la ONU recomendó específicamente al Estado argentino, “reglamentar la Ley 14.783, aprobada en septiembre de 2015 en la provincia de Buenos Aires”.
En el informe presentado al Comité de Derechos Humanos de la ONU se señaló la necesidad de que el Estado realice acciones concretas en materia de inclusión laboral, que garanticen las condiciones de igualdad y que reconozca a su vez las desigualdades subyacentes y las vulnerabilidades de los sectores más desprotegidos.
Dato Duroconsultó al área de comunicación del poder ejecutivo provincial y a la subsecretaria de Género y Diversidad Sexual a cargo de Agustina Ayllon, pero no emitieron respuestas sobre porqué la ley no se reglamenta.
¿Qué ocurre en la ciudad de Buenos Aires?
En la Ciudad, en 2012, se dictó la ley 4376 que, en su Artículo 5, “propone la incorporación, en una proporción no inferior al cinco (5) por ciento, de personas del colectivo trans en el sector público de la Ciudad”. Si bien la norma fue modificada en 2018 por la ley 5989, el artículo citado no se alteró.
En abril, un falló ordenó al Consejo de la Magistratura de la Ciudad que reglamente el cupo laboral y contrate efectivamente a Cristina Montserrat Hendrickse quien presentó una demanda contra ese cuerpo. El caso, debería marcar un fuerte precedente, ya que si bien fue una demanda individual, tiene una connotación decididamente colectiva.
Greta Pena, abogada especialista de la Asociación Civil “100% Diversidad y Derechos”, precisó: “Este fallo confirma que la falta de reglamentación de una ley no es excusa válida para incumplirla. Los derechos son operativos, principalmente los derechos humanos, y esta decisión judicial puso las cosas en su lugar al remover los obstáculos que los distintos poderes ejecutivos colocan al retrasar o impedir el pleno acceso de las personas trans al trabajo digno”.
Dato: Nación no cuenta con la ley de Cupo, a pesar de que existe el proyecto de Ley Diana Sacayán desde junio de 2018. En la provincia de Buenos Aires, la ley se aprobó en 2015 y no se reglamentó. En la ciudad de Buenos Aires, que cuenta con la ley desde 2012, un fallo judicial obligó al Consejo de la Magistratura porteño a que reglamente la ley.
Sin embargo, a pesar de la medida, la ley tampoco se implementa en los organismos públicos de la Ciudad. Pena sostiene: “Es lamentable que el Estado siga fallando y que las personas trans deban acudir a la justicia, con las dificultades que conlleva el acceso a ella, para lograr que se cumplan las leyes protectorias. La falta de trabajo digno para las personas trans es una violencia estructural y no solamente las legislaciones de cupo laboral atacan esa problemática sino que la propia ley de identidad de género garantiza el libre desarrollo de la persona acorde a su identidad autopercibida y eso claramente comprende el acceso al ámbito laboral”.
¿Qué ocurre a nivel nacional?
El 13 de julio de 2018, la diputada nacional Mónica Macha (Unidad Ciudadana) presentó el proyecto deLey conocida como Diana Sacayán, que propone instituir el cupo laboral travesti trans del 1% en la administración pública nacional para personas travestis, transexuales, transgéneros y masculinidades trans.