El Senado le dio media sanción a la actualización de las normas registrales al nuevo Código Civil.

Todas las familias con todos los derechos.

El Senado de la nación le dio ayer por unanimidad media sanción al proyecto de adecuación de la Ley del Registro Civil al nuevo Código Civil y Comercial – vigente desde 2015- , incorporando las diversidades familiares y removiendo obstáculos a la modificación de actas de matrimonio e hijes de personas trans.

Florencia Feldman, desde 100% Diversidad y Derechos, expresó que “esta es una ley muy esperada por miles de familias en todo el país que cuando van a las oficinas de los registros civiles a ejercer sus derechos, reconocidos en nuestras leyes, encuentran obstáculos, por ejemplo, para adecuar las partidas de nacimiento de sus hijes y sus actas de matrimonio a su identidad de género, ya reconocida por ese mismo registro civil. La actualización de esta ley esperamos ayude a superar las dificultades que tenemos en los tramites registrales, y sobre todo va a otorgar a los registros civiles una norma que dé cuenta de los avances de nuestro Código Civil en igualdad y diversidad familiar.”

El proyecto presentado como petición particular en 2016 por 100% Diversidad y Derechos fue elaborado de manera conjunta con un equipo de Investigación de la Universidad de Buenos Aires encabezado por la Dra. Nelly Minyersky, y tomó estado parlamentario con la firma de las/os senadores Sigrid Kunath, Juan Manuel Abal Medina, Jaime Linares y Liliana Fellner.

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Dra. Nelly Minyersky, diputada Diana Conti, senadores Sigrid Kunat y Jaime Linares, Greta Pena y Martín Canevaro por 100% Diversidad y Derechos, senador Abal Medina y Andres La Blunda y Alan Iud por Abuelas de Plaza de Mayo.

El proyecto de adecuación de la ley registral (Nº 26.413) al nuevo Código garantiza el efectivo acceso a los derechos de familia e identidad, como por ejemplo, en lo referido a las actas de matrimonio y de nacimiento de hijes cuando les cónyuges o progenitores hubieran cambiado su nombre y sexo registral. Así se regulan los cambios registrales por, entre otros motivos, identidad de género (prenombre y sexo) sin intervención judicial, como arbitrariamente exigen los registros civiles en la actualidad.

También contempla los casos de víctimas de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado civil o de la identidad (prenombre y apellido). Este aspecto se incluyó a través de un aporte que hiciera el equipo jurídico de Abuelas de Plaza de Mayo, a fin de garantizar el acceso al prenombre y apellido de los nietos recuperados por esa institución.

El nuevo Código Civil reconoce diversidades familiares y de identidades de género, receptando la Ley de Matrimonio Igualitario (26.618) y de cambio de nombre para personas trans (26.743). También contempla otras formas de familias que se encontraban desamparadas en la normativa anterior, como las uniones convivenciales, los progenitores e hijes afines (familias ensambladas), las familias con hijes por técnicas de reproducción humana asistida, las adopciones de convivientes no casados y otras, por lo que es necesario actualizar el marco normativo de los Registros Civiles y garantizar el ejercicio de todos los derechos incorporados. Estos avances requieren urgentemente que se actualicen las normas, procedimientos y en particular los usos y costumbres de los Registros Civiles para que las instituciones competentes estén en condiciones de garantizar y acompañar estas importantes transformaciones sociales y jurídicas.

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Actualmente y por decisión propia, el Consejo Federal de Registros Civiles ha puesto como pretexto discriminatorio la ley 26.413 (art. 84) para no adecuar las partidas de nacimiento de los/as hijos/as de personas trans a la identidad de sus padres/madres. A pesar de estar aprobada y reglamentada la Ley de Identidad de Género, han roto con esta determinación la armonía entre el sistema de registración y el de identificación, dejando niños y niñas con partidas de nacimiento donde figura como padre o madre una persona que social y jurídicamente no es reconocida como tal. En consecuencia, se generan graves problemas para inscribir a los hijos en las obras sociales, jardines de infantes, etc. La institución aplica la misma negativa a los cambios en las actas de matrimonio si alguno de los cónyuges hubiera cambiado de nombre y sexo.

Actualizar la ley permitirá que las prácticas institucionales y las burocracias se transformen, se adapten al nuevo marco normativo y las familias y personas puedan ejercer sus derechos sin ningún tipo de discriminación a través de trámites sencillos, ágiles y eficaces. Ahora esperamos un pronto tratamiento por parte de la Cámara de Diputados.

Para descargar el Dictamen votado por el Senado, hacer clik aquí

Para ver la intervención de la Senadora Sigrid Kunat, hacer clik aquí

Para ver el programa especial sobre el proyecto de SenadoTV, hacer clik aquí

Fuente :https://100porciento.wordpress.com/2019/07/18/el-senado-le-dio-media-sancion-a-la-actualizacion-de-las-normas-registrales-al-nuevo-codigo-civil/?fbclid=IwAR3jPTEMKUlDK0te8aS9XTTBNEMlV_3271w53OdLMBpJbvXgJJHFCDZmJe0

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